Lo que no pagas: la medicación hospitalaria
Todo lo que se administra o dispensa en el hospital es gratuito: la quimioterapia intravenosa (FOLFOX, FOLFIRI…), los anticuerpos (bevacizumab, cetuximab, panitumumab), la inmunoterapia, los fármacos orales de dispensación hospitalaria (encorafenib, regorafenib, trifluridina/tipiracilo, sotorasib…) que recoges en la farmacia del hospital, y la medicación durante ingresos. No hay copago ni factura. Lo mismo ocurre con las pruebas (TAC, PET, biopsias, análisis moleculares) y la radioterapia.
Lo que sí lleva copago: la receta de farmacia
Los medicamentos que recoges en una farmacia de calle con receta (antieméticos, analgésicos, protectores gástricos, loperamida, cremas, heparina, a veces capecitabina según la comunidad) siguen el copago farmacéutico general:
| Situación | Qué pagas |
|---|---|
| Activos (y sus beneficiarios), según tramo de renta | Un porcentaje del precio (40 %, 50 % o 60 % según renta), sin tope mensual |
| Pensionistas, según tramo de renta | Un porcentaje menor (10 % en la mayoría) con tope mensual por tramo de renta |
| Exentos | 0 %: perceptores de rentas de integración, pensiones no contributivas, parados sin subsidio, ingreso mínimo vital, menores con discapacidad ≥33 %, pensionistas de rentas bajas, personas en tratamiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional |
Los tramos y topes concretos se fijan por ley y pueden cambiar; la cifra vigente está en la web del Ministerio de Sanidad. Tu tramo lo asigna la Seguridad Social a partir de tu declaración de la renta y aparece en tu tarjeta sanitaria (código TSI).
Aportación reducida ("cícero")
Los medicamentos para enfermedades crónicas o graves, marcados en el envase con un punto negro o "cícero", tienen una aportación fija reducida por envase con un tope, con independencia del tramo de renta. Algunos fármacos de soporte oncológico están en esa categoría. Pregunta en la farmacia.
Material de ostomía y otros productos
Las bolsas, discos, pastas y accesorios de ostomía están incluidos en la prestación con aportación reducida, y en muchas comunidades sin coste para el paciente. Los dispensa la farmacia con receta y hay límites de unidades al mes que el médico o la enfermera estomaterapeuta pueden ampliar justificadamente. Suplementos nutricionales orales (batidos) se financian con receta cuando hay indicación (desnutrición, dificultad para comer): pide el informe a nutrición u oncología.
Si crees que te cobran de más
- Comprueba tu tramo de aportación en la tarjeta o en la app de tu servicio de salud. Si tus ingresos han bajado por la enfermedad (baja, desempleo), puedes pedir la revisión del tramo aportando la nueva situación; se hace en el INSS o en tu servicio de salud según la comunidad.
- Si has pasado a ser pensionista por incapacidad, asegúrate de que el sistema te tiene como tal (el copago baja y aparece tope mensual). Lo que pagas por encima del tope se devuelve automáticamente o a solicitud según la comunidad: pregunta.
- Si el fármaco debería ser de dispensación hospitalaria y te lo mandan a la farmacia de calle, consúltalo con oncología.
- Guarda los tiques. Las reclamaciones se hacen en Atención al Paciente o en la consejería de sanidad.
Medicamentos no financiados y "uso compasivo"
Si tu oncólogo quiere usar un fármaco que todavía no está financiado en España para tu indicación, el hospital puede solicitarlo por las vías de situaciones especiales (uso compasivo, fuera de indicación) a través de la AEMPS y la farmacia hospitalaria: en ese caso tampoco pagas tú. Lo que no cubre el sistema es la medicación que compres por tu cuenta en el extranjero o en la privada.
Qué preguntar en la consulta
- Farmacia del hospital: ¿qué medicamentos recojo aquí y cuáles con receta en la calle?
- ¿Mi tramo de copago está bien? Mis ingresos han cambiado con la baja.
- Enfermera estomaterapeuta: ¿cuántas unidades al mes tengo cubiertas y cómo se amplían?
- ¿Puedo tener receta de suplementos nutricionales?
- Trabajador social: ¿hay ayudas para los gastos de farmacia si no llego?